Las diócesis de Valencia y Madrid han rechazado, según la Agencia Española de Protección de Datos, el 100% de las peticiones de apostasía que se han tramitado a través de dicha agencia.
El procedimiento habitual a la hora de solicitar la apostasía —negación de la fe cristiana— pasa por solicitar a la diócesis correspondiente que elimine de su base de datos la información personal del ‘ex cristiano’.
Si deniegan la solicitud, aún queda la posibilidad de recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Pero, ¿y si también a ella se lo rechazan?
En esta tesitura se encuentran 79 solicitudes enviadas a las sedes de Valencia —67 peticiones— y Madrid —12— . Las diócesis de estas dos ciudades han vetado el 100% de las solicitudes de apostasía tramitadas, ya como segunda opción, a través de la AEPD.
Según la agencia, la Iglesia alega acuerdos concretados entre el Estado y la Santa Sede en 1979 y el carácter histórico de los datos que tienen en su poder para negarse a conceder la apostasía a quienes la piden.
Frente a esta situación, la Agencia de Protección de Datos ha pedido a las diócesis una anotación al margen en los libros de registros eclesiásticos en la que se especifique que la persona interesada no quiere pertenecer a la Iglesia. Las sedes sin embargo no lo han cumplido.
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Apostasía, Excomunión, Estudio Ateo
Fuente:
El Mundo
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